A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Herrera Gerardo·Respondent Notaria Unica Del Circuito De Jerico Antioquia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es una entidad pública o un particular que desempeñe funciones administrativas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo de Jericó, Antioquia y el Juzgado Séptimo Administrativo Oral de Medellín, Antioquia.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una acción popular que interpuso un ciudadano en contra del Notario Único del Circuito de Jericó, Antioquia, debido a que el inmueble donde el notario presta el servicio público, no se cuenta con un profesional intérprete y guía intérprete de planta, tal como ordena la Ley 982 de 2005 y tampoco se ha suscrito convenio o contrato con entidad idónea autorizada por el Ministerio de Educación Nacional, para atender la población protegida por la mencionada ley.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró lo establecido en Autos 1100 de 2021 y 018 de 2022, según los cuales, las acciones populares que se presenten en contra de notarías para obtener las adecuaciones y ajustes razonables que permitan el acceso efectivo al servicio público de las personas en situación de discapacidad serán competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Lo anterior, por cuanto dicha pretensión está inescindiblemente relacionada con el acceso a la función administrativa que cumplen estos particulares.
Con base en lo anterior dispuso enviar el expediente al Juzgado Séptimo Administrativo Oral de Medellín, Antioquia, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo de Jericó, Antioquia y el Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral de Medellín, Antioquia y DECLARAR que el Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral de Medellín es la autoridad competente para conocer de la acción popular presentada por Gerardo Herrera contra el Notario Único del Circuito de Jericó, Antioquia.
- SEGUNDO. REMITIR Por intermedio de la Secretaría General, el expediente CJU-1166 al Juzgado
- Séptimo. Administrativo Oral de Medellín, Antioquia, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Promiscuo de Jericó, Antioquia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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